Ayudas del IVACE a la I+D+i y la innovación empresarial en la Comunitat Valenciana
Resumen
La Institut Valencià de Competitivitat Empresarial (IVACE), dependiente de la Generalitat Valenciana, establece mediante la Orden 27/2016 las bases reguladoras de un conjunto de líneas de ayudas dirigidas a impulsar la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la digitalización del tejido empresarial valenciano. Estas ayudas tienen como finalidad mejorar la competitividad de las empresas, fomentar la colaboración entre empresas y organismos de investigación, promover la creación de empresas de base tecnológica y apoyar la incorporación de nuevas tecnologías y procesos innovadores. Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva, se alinean con la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (RIS3 CV) y pueden estar cofinanciadas por fondos europeos FEDER, desarrollándose a través de distintas convocatorias anuales y programas específicos (I+D, innovación, digitalización, certificación y emprendimiento tecnológico).
Presupuesto
3.400.000,00 €
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas (PYMES) con establecimiento o actividad en la Comunitat Valenciana. Empresas de nueva creación y startups, especialmente de base tecnológica. Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en los términos que establezca cada convocatoria. Agrupaciones y proyectos en cooperación entre empresas y, en su caso, organismos de investigación.
| Fecha de registro | 22/12/2025 |
|---|---|
| Tipo de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Código BDNS | 877211 |
| Finalidad | Investigación, Desarrollo E Innovación |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Región de impacto | ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA |
| Origen de la ayuda | COMUNITAT VALENCIANA |
| Accede a la documentación completa | Click aquí |
Plazo de solicitud
Desde el 15/01/2026
Hasta el 03/03/2026
Requisitos
Para optar a estas ayudas, los solicitantes deben cumplir los requisitos generales establecidos en la normativa de subvenciones, no estar incursos en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Las empresas deben cumplir los criterios de tamaño empresarial exigidos en cada convocatoria y disponer de las autorizaciones administrativas necesarias para el ejercicio de su actividad. Los proyectos deben encuadrarse en alguna de las líneas de ayuda previstas (I+D individual o en cooperación, innovación, digitalización, certificación de I+D+i, creación de empresas de base tecnológica o preparación de propuestas europeas), presentar una memoria técnica y económica detallada, y ajustarse a los criterios de evaluación establecidos. Las solicitudes se presentan, con carácter general, por vía telemática, y las ayudas están condicionadas a la correcta ejecución, justificación de los gastos y cumplimiento de las obligaciones de seguimiento, control y publicidad que se determinen en cada convocatoria.
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